
PREGUNTAS FRECUENTES
Algunas preguntas frecuentes son:
¿Puede despedirse a trabajadores por la Contingencia del COVID 19?
Todo despido por razón de la Contingencia del COVID 19, según la Ley Federal del Trabajo es Despido Injustificado.
Si un trabajador falta por causa injustificada ¿Se le debe pagar su sueldo?
Toda falta sin aviso ni justificación de un trabajador a la fuente de empleo deberá considerarse como falta injustificada y por tanto día no laborado, por tal razón no debe pagarse los días de inasistencia.
En un divorcio ¿Quién se queda con los bienes?
En caso de divorcio debe analizarse en primer termino bajo que régimen se contrajo el matrimonio, de ahí analizar cuáles son los bienes contraídos dentro del matrimonio.
Si me divorcio ¿Quién se hará cargo de nuestros hijos?
En el momento de divorcio, se puede llegar a un acuerdo sobre la custodia de los hijos procreados dentro del matrimonio.
¿Qué debo hacer si me despiden?
Al momento del despido debe asesorarse primero sobre lo que le corresponde por el tiempo laborado antes de firmar cualquier documento.
¿Es justificado el Despido por la Contingencia del COVID 19?
No se justifica el cierre de las fuentes de empleo por motivo de Contingencia en caso de despido se tomara como despido injustificado
En caso de demandar a mi patrón ¿Puede “boletinarme” y asì impedirme trabajar en otro lugar?
Los patrones No puede boletinar a los trabajadores por ejercer sus derechos, por lo tanto se puede presentar demanda en contra de una fuente de trabajo e inmediatamente ingresar a trabajar a una diversa fuente de empleo.
¿Qué pasa si firmo renuncia en mi trabajo?
Al firmar renuncia automáticamente se pierde el derecho de solicitar al patrón una indemnización de 90 dias de salario por despido injustificado.